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> -TURISTA ONLINE- escribe:
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>Такие єксперименты проводят в Испании - стране передовой науки, где нет кризиса и безработицы. :)
>>Гипербалуйд написал:
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>>>JFS написал:
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>>>¿Se puede transmitir el VIH/SIDA mediante un beso?
>>>
>>>Responde la doctora Patricia Uribe Zúñiga, Directora General del CONASIDA:
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>>>---No. Diversos estudios mencionan que en la cavidad oral y sobre todo en la saliva existe la presencia de factores inhibitorios del VIH por lo que no hay riesgo de transmisión por un beso.
>>>
>>>(Los hay que son más papistas que el Papa, que juegan a desinformar.)
>>
>>Интересно, а где производят такие эксперименты? Я бы с удовольствием поучаствовал бы в них в качестве волонтёра, но только в том случае, если медсёстры там молодые и симпотишные, если будут хорошо кормить и делать эротический массаж на ночь, иначе ни-ни, не в коем случае, ведь yo soy pretenioso, soberbio y golocho.
>>
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Turista, no sé de dónde sacas la idea de que estos experimentos se han hecho en España, teniendo en cuenta que el centro CONASIDA al que pertenece la Dra. Patricia Uribe Zúñiga está en México.
Quizá ese estudio se haya hecho en México, o quizá para emitir esta opinión haya utilizado datos provenientes de informes de otros países. En cualquier caso, lo relevante son las conclusiones del estudio y no el lugar donde se haya realizado. Cuando el virus infecta no pregunta por la nacionalidad de la persona, ni por su nivel intelectual o económico, ni por ninguna otra cosa.
Efectivamente, tal como dices con ironía, España está atravesando una fuerte crisis económica, al igual que otros países europeos, y desgraciadamente también es verdad que no somos un país puntero en ciencia y que hay en nuestro país un alto desempleo, fundamentalmente derivado de la crisis en el sector de la construcción. Sin embargo, utilizar estas circunstancias para burlarse de los españoles me parece de muy mal gusto, por decirlo de una manera suave. Actualmente hay muchas familias con todos sus miembros en el paro, pasando calamidades, y por eso no me parece éste un asunto apropiado para hacer chanzas. Espero que en tu país, sea cual sea que alguno tendrás, no suceda esto mismo ni ahora ni nunca. Hoy parece que no te toca a ti, pero en un futuro cercano quizá ningún país esté a salvo de hundirse en una profunda crisis, y tal vez en ese momento sí te afecte a ti o a alguien que te sea cercano, ¿te reirás entonces? En cualquier caso, te sugiero que te preocupes más por tu país y que no te preocupes tanto por España, que más pronto o más tarde saldremos adelante, de otras situaciones peores hemos salido.
Un cordial saludo.
>Дон Пикотиéссо написал:
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>Aquí no hay nada que discutir porque todo esta explicito en RAE:
>La última pregunta mía era:
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>Но здесь, по моему мнению, интереснее даже не это, а другое, какая разница между фразами:
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>El coronel se había olvidado del entierro.
>El coronel había olvidado el entierro.
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>Что вы думаете на этот счёт?
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>Pues, hombre, la RAE dice muy claro sobre la materia:
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>olvidar(se). ‘Dejar de tener en la memoria algo o a alguien’, ‘dejar de tener afecto a alguien o algo’ y ‘no tener en cuenta algo o a alguien’. En el español general culto este verbo admite distintas construcciones:
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>a) Como transitivo, con sujeto de persona y un complemento directo que expresa lo olvidado (olvidar [algo o a alguien]): «Matamoros Moreno había olvidado al asistente. ¿Lo había olvidado?» (Fuentes Cristóbal [Méx. 1987]); «No olvide arroparse bien» (Donoso Casa [Chile 1978]); «Andrés olvidó que tenía partido» (Mastretta Vida [Méx. 1990]); «¿Has olvidado dónde estamos?» (RRosa Sebastián [Guat. 1994]). Cuando significa ‘dejar [algo] en un sitio por descuido’, además del complemento directo, puede llevar opcionalmente un pronombre átono concertado con el sujeto: «Me olvidé la llave» (Daulte Noche [Arg. 1994]).
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>b) Como intransitivo pronominal, con sujeto de persona y un complemento introducido por de, que expresa lo olvidado (olvidarse de algo o alguien): «Creía que ya me había olvidado de aquella mujer» (Quintero Danza [Ven. 1991]); «No se olvide de pedirle un aumento a su señor padre» (Bayly Días [Perú 1996]); «Me olvidé de que existía el Museo del Prado» (Galeano Días [Ur. 1978]); «Me olvido de dónde están las cosas» (Montero Trenza [Cuba 1987]). Aunque ya desde antiguo es frecuente omitir la preposición de cuando el complemento es una oración subordinada, especialmente en la lengua oral y coloquial (Me olvidé que..., Me olvido dónde...), se recomienda mantenerla en el habla esmerada.
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>c) Es también correcta la construcción intransitiva pronominal olvidársele algo a alguien, en la que el sujeto es lo olvidado y la persona que olvida se expresa mediante un complemento indirecto: «Se le olvidaron [a mi madre] sus otros hijos» (Rossi María [C. Rica 1985]); «Se les olvidó borrar el letrero» (Serrano Vida [Chile 1995]); «¿Ya se te olvidó que te estamos haciendo el favor de tenerte aquí?» (Victoria Casta [Méx. 1995]). Es incorrecto anteponer la preposición de al sujeto (→ dequeísmo, 1a): Se me olvida de que...
En todo esto que has citado, no indica en ningún lugar que el verbo "olvidar" contenga el tiempo del evento olvidado. Por ejemplo, "me había olvidado de la cita", la cita aún no ha ocurrido, sino que va a ser dentro de unas horas, pero me había olvidado y cuando iba a anotar en mi agenda otra actividad, me di cuenta que me había olvidado de ella.
O sea que esta cita es futura. ¿Es esto lo que dices que es imposible, es esto lo que no contemplan las citas que nos has traído? Y en el ejemplo citado por Violette, el entierro es, en el momento de los redobles, futuro.
O sea mi estimado Marqués, es salirse del tema traer ejemplos que no tienen la misma estructura morfológica y semántica del ejemplo abordado. No obstante: "había olvidado la cita, pero al ver mi agenda, me di cuenta que esta tarde, dos horas después, iba a verte". O sea que la semántica del complemento, en este caso, es importante, pues "entierro", "cita", "conferencia», «espectáculo", etc. son complementos cuya semántica tiene la posibilidad de suceder, de tener lugar en el tiempo. Mientras que las llaves de tu ejemplo no tienen este rasgo.
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Una pregunta muy larga de contestar. Pero la pregunta no es la correcta. No se trata de gobiernos. ¿Qué ha pasado en la economía española?, sería la pregunta. ¿Qué han hecho las grandes corporaciones, los especuladores, los corruptos...?
Adelaida, la crisis bancaria también afecta a España, aunque la crisis no tuviera origen en España.
Y a ésta, que todo el mundo padece, se le ha sumado la crisis inmobiliaria en España, uno de los motores principales.
Los gobiernos democráticos tienen poco margen para influir en las economías y controlar a los especuladores.
>Adelaida Arias escribe:
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>"Vamos a pedir un mayor esfuerzo a todos". Fueron las palabras que pronunció José Luis Rodríguez Zapatero el miércoles 12 de mayo en el Congreso justo antes de anunciar su plan para reducir el déficit de España. Tras el "sacrificio" que les pidió entonces a pensionistas y a los empleados públicos, que verán congelado y recortado su salario en un 5% de media, respectivamente, parece que llegará el turno a las rentas más altas próximamente.
>
>El jefe del Ejecutivo señaló ayer, en la última jornada de la VI Cumbre UE-América Latina, que a los más ricos también les pedirá un "esfuerzo", mayor si cabe que a los demás, para hacer frente a la crisis, "la más grave de los últimos 80 años", según subrayó en su comparecencia ante los medios. http://www.publico.es/espana/313897/zapatero/reconoce/plantea/subir/impuestos/clases/altas
>
>Lo que me interesa es: ¿Qué es lo que hizo este gobierno para que el país que no cayo en la crísis bancaria del 2007-2008 ahora tenga una déficit tan grande? Y eso que soy de los de izquierda.
Adelaida, la crisis bancaria también afecta a España, aunque la crisis no tuviera origen en España.
Y a ésta, que todo el mundo padece, se le ha sumado la crisis inmobiliaria en España, uno de los motores principales.
Los gobiernos democráticos tienen poco margen para influir en las economías y controlar a los especuladores.
>Adelaida Arias escribe:
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>"Vamos a pedir un mayor esfuerzo a todos". Fueron las palabras que pronunció José Luis Rodríguez Zapatero el miércoles 12 de mayo en el Congreso justo antes de anunciar su plan para reducir el déficit de España. Tras el "sacrificio" que les pidió entonces a pensionistas y a los empleados públicos, que verán congelado y recortado su salario en un 5% de media, respectivamente, parece que llegará el turno a las rentas más altas próximamente.
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>El jefe del Ejecutivo señaló ayer, en la última jornada de la VI Cumbre UE-América Latina, que a los más ricos también les pedirá un "esfuerzo", mayor si cabe que a los demás, para hacer frente a la crisis, "la más grave de los últimos 80 años", según subrayó en su comparecencia ante los medios. http://www.publico.es/espana/313897/zapatero/reconoce/plantea/subir/impuestos/clases/altas
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>Lo que me interesa es: ¿Qué es lo que hizo este gobierno para que el país que no cayo en la crísis bancaria del 2007-2008 ahora tenga una déficit tan grande? Y eso que soy de los de izquierda.
Aquí no hay nada que discutir porque todo esta explicito en RAE:
La última pregunta mía era:
Но здесь, по моему мнению, интереснее даже не это, а другое, какая разница между фразами:
El coronel se había olvidado del entierro.
El coronel había olvidado el entierro.
Что вы думаете на этот счёт?
Pues, hombre, la RAE dice muy claro sobre la materia:
olvidar(se). ‘Dejar de tener en la memoria algo o a alguien’, ‘dejar de tener afecto a alguien o algo’ y ‘no tener en cuenta algo o a alguien’. En el español general culto este verbo admite distintas construcciones:
a) Como transitivo, con sujeto de persona y un complemento directo que expresa lo olvidado (olvidar [algo o a alguien]): «Matamoros Moreno había olvidado al asistente. ¿Lo había olvidado?» (Fuentes Cristóbal [Méx. 1987]); «No olvide arroparse bien» (Donoso Casa [Chile 1978]); «Andrés olvidó que tenía partido» (Mastretta Vida [Méx. 1990]); «¿Has olvidado dónde estamos?» (RRosa Sebastián [Guat. 1994]). Cuando significa ‘dejar [algo] en un sitio por descuido’, además del complemento directo, puede llevar opcionalmente un pronombre átono concertado con el sujeto: «Me olvidé la llave» (Daulte Noche [Arg. 1994]).
b) Como intransitivo pronominal, con sujeto de persona y un complemento introducido por de, que expresa lo olvidado (olvidarse de algo o alguien): «Creía que ya me había olvidado de aquella mujer» (Quintero Danza [Ven. 1991]); «No se olvide de pedirle un aumento a su señor padre» (Bayly Días [Perú 1996]); «Me olvidé de que existía el Museo del Prado» (Galeano Días [Ur. 1978]); «Me olvido de dónde están las cosas» (Montero Trenza [Cuba 1987]). Aunque ya desde antiguo es frecuente omitir la preposición de cuando el complemento es una oración subordinada, especialmente en la lengua oral y coloquial (Me olvidé que..., Me olvido dónde...), se recomienda mantenerla en el habla esmerada.
c) Es también correcta la construcción intransitiva pronominal olvidársele algo a alguien, en la que el sujeto es lo olvidado y la persona que olvida se expresa mediante un complemento indirecto: «Se le olvidaron [a mi madre] sus otros hijos» (Rossi María [C. Rica 1985]); «Se les olvidó borrar el letrero» (Serrano Vida [Chile 1995]); «¿Ya se te olvidó que te estamos haciendo el favor de tenerte aquí?» (Victoria Casta [Méx. 1995]). Es incorrecto anteponer la preposición de al sujeto (→ dequeísmo, 1a): Se me olvida de que...
La última pregunta mía era:
Но здесь, по моему мнению, интереснее даже не это, а другое, какая разница между фразами:
El coronel se había olvidado del entierro.
El coronel había olvidado el entierro.
Что вы думаете на этот счёт?
Pues, hombre, la RAE dice muy claro sobre la materia:
olvidar(se). ‘Dejar de tener en la memoria algo o a alguien’, ‘dejar de tener afecto a alguien o algo’ y ‘no tener en cuenta algo o a alguien’. En el español general culto este verbo admite distintas construcciones:
a) Como transitivo, con sujeto de persona y un complemento directo que expresa lo olvidado (olvidar [algo o a alguien]): «Matamoros Moreno había olvidado al asistente. ¿Lo había olvidado?» (Fuentes Cristóbal [Méx. 1987]); «No olvide arroparse bien» (Donoso Casa [Chile 1978]); «Andrés olvidó que tenía partido» (Mastretta Vida [Méx. 1990]); «¿Has olvidado dónde estamos?» (RRosa Sebastián [Guat. 1994]). Cuando significa ‘dejar [algo] en un sitio por descuido’, además del complemento directo, puede llevar opcionalmente un pronombre átono concertado con el sujeto: «Me olvidé la llave» (Daulte Noche [Arg. 1994]).
b) Como intransitivo pronominal, con sujeto de persona y un complemento introducido por de, que expresa lo olvidado (olvidarse de algo o alguien): «Creía que ya me había olvidado de aquella mujer» (Quintero Danza [Ven. 1991]); «No se olvide de pedirle un aumento a su señor padre» (Bayly Días [Perú 1996]); «Me olvidé de que existía el Museo del Prado» (Galeano Días [Ur. 1978]); «Me olvido de dónde están las cosas» (Montero Trenza [Cuba 1987]). Aunque ya desde antiguo es frecuente omitir la preposición de cuando el complemento es una oración subordinada, especialmente en la lengua oral y coloquial (Me olvidé que..., Me olvido dónde...), se recomienda mantenerla en el habla esmerada.
c) Es también correcta la construcción intransitiva pronominal olvidársele algo a alguien, en la que el sujeto es lo olvidado y la persona que olvida se expresa mediante un complemento indirecto: «Se le olvidaron [a mi madre] sus otros hijos» (Rossi María [C. Rica 1985]); «Se les olvidó borrar el letrero» (Serrano Vida [Chile 1995]); «¿Ya se te olvidó que te estamos haciendo el favor de tenerte aquí?» (Victoria Casta [Méx. 1995]). Es incorrecto anteponer la preposición de al sujeto (→ dequeísmo, 1a): Se me olvida de que...
Me tomé un poco de tiempo para leer los comentarios que no había leído porque están en ruso, y aun cuando no los comprendí del todo porque no llevo mucho tiempo estudiando ruso, al respecto puedo decir:
1. El manejo de la información es muy diferente en cada rincón del mundo. Por eso mi primera pregunta, ya mencioné que en México este tipo de asuntos se trata de ocultar, muchas veces están más informados los extranjeros que nosotros mismos de lo que aquí ocurre. Me interesaba saber si lo mismo ocurría en Rusia, me alegro de que no sea así.
2. También mencioné que yo me enteré a través de una presentación realizada por una consultora en ingeniería. Dicha presentación incluía los datos básicos y una breve descripción, tanto de la presa como de su planta hidroeléctrica, obviamente, una reseña del accidente (cuando pasó, número de muertos y desparecidos, etc.) y las teorías (técnicas), elaboradas en base a las visitas al lugar y fotos capturadas inmediatamente después de la tragedia, sobre lo que ocurrió, recalcó de nuevo: DESDE EL PUNTO DE VISTA INGENIERIL. Yo quería conocer el dictamen final, realizado por el grupo interdisciplinario e internacional dedicado a ello.
3. Светлана: Cuando algún usuario del foro pregunté sobre los desastres acaecidos en México, trataré de responder su pregunta, pues considero que uno de los propósitos de este foro es el intercambio cultural entre el mundo hispano y el ruso, disminuyendo la distancia gracias al Internet.
4. Светлана: De verdad que no entiendo porque te afectó tanto la pregunta. Al fin y al cabo, conocer los acontecimientos que ocurren en el mundo forma parte del estudio de la historia, no se trata de recriminarnos cosas los unos a los otros, ni de ensuciar nombres, ni de limpiar reputaciones… sería como decir que los mexicanos debemos odiar a los españoles por conquistarnos hace 500 años, o que deben de continuar los conflictos bélicos entre Francia e Inglaterra debido a las guerras que tuvieron entre sí hace siglos… se trata de aprender de los errores. Fallas en presas y otras catástrofes han ocurrido en todo el mundo, en México, en E. U. A., en Brasil, en China, etc. La ingeniería trata de aprender de ellos, qué importa donde ocurran. Y tan es así que, cuando se inundó Tabasco en el 2007, y entre otros desastres, se tapó el río Grijalva debido al derrumbe de un cerro, ingenieros y otros profesionales vinieron de todo el mundo a ver lo que hizo la Comisión Federal de Electricidad (y demás instituciones y empresas colaboradoras, nacionales y extranjeras) para solucionar el problema, y es probable que lo que ahí vieron algún día lo apliquen en otro lugar, de ser necesario.
1. El manejo de la información es muy diferente en cada rincón del mundo. Por eso mi primera pregunta, ya mencioné que en México este tipo de asuntos se trata de ocultar, muchas veces están más informados los extranjeros que nosotros mismos de lo que aquí ocurre. Me interesaba saber si lo mismo ocurría en Rusia, me alegro de que no sea así.
2. También mencioné que yo me enteré a través de una presentación realizada por una consultora en ingeniería. Dicha presentación incluía los datos básicos y una breve descripción, tanto de la presa como de su planta hidroeléctrica, obviamente, una reseña del accidente (cuando pasó, número de muertos y desparecidos, etc.) y las teorías (técnicas), elaboradas en base a las visitas al lugar y fotos capturadas inmediatamente después de la tragedia, sobre lo que ocurrió, recalcó de nuevo: DESDE EL PUNTO DE VISTA INGENIERIL. Yo quería conocer el dictamen final, realizado por el grupo interdisciplinario e internacional dedicado a ello.
3. Светлана: Cuando algún usuario del foro pregunté sobre los desastres acaecidos en México, trataré de responder su pregunta, pues considero que uno de los propósitos de este foro es el intercambio cultural entre el mundo hispano y el ruso, disminuyendo la distancia gracias al Internet.
4. Светлана: De verdad que no entiendo porque te afectó tanto la pregunta. Al fin y al cabo, conocer los acontecimientos que ocurren en el mundo forma parte del estudio de la historia, no se trata de recriminarnos cosas los unos a los otros, ni de ensuciar nombres, ni de limpiar reputaciones… sería como decir que los mexicanos debemos odiar a los españoles por conquistarnos hace 500 años, o que deben de continuar los conflictos bélicos entre Francia e Inglaterra debido a las guerras que tuvieron entre sí hace siglos… se trata de aprender de los errores. Fallas en presas y otras catástrofes han ocurrido en todo el mundo, en México, en E. U. A., en Brasil, en China, etc. La ingeniería trata de aprender de ellos, qué importa donde ocurran. Y tan es así que, cuando se inundó Tabasco en el 2007, y entre otros desastres, se tapó el río Grijalva debido al derrumbe de un cerro, ingenieros y otros profesionales vinieron de todo el mundo a ver lo que hizo la Comisión Federal de Electricidad (y demás instituciones y empresas colaboradoras, nacionales y extranjeras) para solucionar el problema, y es probable que lo que ahí vieron algún día lo apliquen en otro lugar, de ser necesario.
El delito de solicitación
Почитайте эту статью - весьма любопытно. Это всё равно, что ставить волка охранять овечье стадо, особенно в католической церкви, где священники, вообще не имеют права на карнальные отношения.
Otorgar favores синусвалес al confesor a cambio de la absolución de los pecados era una práctica habitual en México durante la etapa colonial, especialmente en los siglos XVIII y XIX, asegura un especialista mexicano.
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La Inquisición lo llamó "delito de solicitación" y fue uno de los tres más perseguidos en México durante el siglo XVIII, junto con la literatura prohibida y la bigamia.
Esta es la teoría que se desprende de los más de quinientos documentos inquisitoriales consultados por Jorge René González, investigador del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y autor del libro "синусвале y confención".
El "delito de solicitación" consistía en que el sacerdote pedía durante la confesión a su hijo o hija espiritual realizar "actos torpes y deshonestos con él o terceras personas", explicó González en una entrevista con Efe.
Estos actos "torpes" normalmente consistían en palabras "picantes", tocamientos, propuestas, e incluso el coyote.
El culpable del delito era siempre el sacerdote, nunca el penitente, incluso si se le ofrecía al religioso, puesto que el cura era el primero en atentar contra el sacramento de la penitencia, explicó.
Pero no hay que ver esta situación como una mera compra-venta de perdones, dado que "muchas veces sí había amor", sostuvo el experto.
Sin embargo, se denunciaba ante la Inquisición por "cuestiones morales" y porque de lo contrario el penitente no recibía la absolución de sus actos.
La Inquisición recordaba muy a menudo a sus feligreses la obligación de denunciar esta situación por medio de edictos y el setenta por ciento de sus archivos de la época tratan sobre este delito.
A pesar de todo, la solicitación no era una herejía ni atentaba contra la Iglesia en la medida en que el Santo Oficio lo consideraba simplemente "debilidad carnal y necesidad de afecto y cariño" del sacerdote que lo cometía.
sobreviva", concluyó.
http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=59121
Otorgar favores синусвалес al confesor a cambio de la absolución de los pecados era una práctica habitual en México durante la etapa colonial, especialmente en los siglos XVIII y XIX, asegura un especialista mexicano.
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La Inquisición lo llamó "delito de solicitación" y fue uno de los tres más perseguidos en México durante el siglo XVIII, junto con la literatura prohibida y la bigamia.
Esta es la teoría que se desprende de los más de quinientos documentos inquisitoriales consultados por Jorge René González, investigador del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y autor del libro "синусвале y confención".
El "delito de solicitación" consistía en que el sacerdote pedía durante la confesión a su hijo o hija espiritual realizar "actos torpes y deshonestos con él o terceras personas", explicó González en una entrevista con Efe.
Estos actos "torpes" normalmente consistían en palabras "picantes", tocamientos, propuestas, e incluso el coyote.
El culpable del delito era siempre el sacerdote, nunca el penitente, incluso si se le ofrecía al religioso, puesto que el cura era el primero en atentar contra el sacramento de la penitencia, explicó.
Pero no hay que ver esta situación como una mera compra-venta de perdones, dado que "muchas veces sí había amor", sostuvo el experto.
Sin embargo, se denunciaba ante la Inquisición por "cuestiones morales" y porque de lo contrario el penitente no recibía la absolución de sus actos.
La Inquisición recordaba muy a menudo a sus feligreses la obligación de denunciar esta situación por medio de edictos y el setenta por ciento de sus archivos de la época tratan sobre este delito.
A pesar de todo, la solicitación no era una herejía ni atentaba contra la Iglesia en la medida en que el Santo Oficio lo consideraba simplemente "debilidad carnal y necesidad de afecto y cariño" del sacerdote que lo cometía.
sobreviva", concluyó.
http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=59121
> -TURISTA ONLINE- escribe:
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>Такие єксперименты проводят в Испании - стране передовой науки, где нет кризиса и безработицы. :)
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>>>¿Se puede transmitir el VIH/SIDA mediante un beso?
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>>>Responde la doctora Patricia Uribe Zúñiga, Directora General del CONASIDA:
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>>>---No. Diversos estudios mencionan que en la cavidad oral y sobre todo en la saliva existe la presencia de factores inhibitorios del VIH por lo que no hay riesgo de transmisión por un beso.
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>>>(Los hay que son más papistas que el Papa, que juegan a desinformar.)
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>>Интересно, а где производят такие эксперименты? Я бы с удовольствием поучаствовал бы в них в качестве волонтёра, но только в том случае, если медсёстры там молодые и симпотишные, если будут хорошо кормить и делать эротический массаж на ночь, иначе ни-ни, не в коем случае, ведь yo soy pretenioso, soberbio y golocho.
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Turista, no sé de dónde sacas la idea de que estos experimentos se han hecho en España, teniendo en cuenta que el centro CONASIDA al que pertenece la Dra. Patricia Uribe Zúñiga está en México.
Quizá ese estudio se haya hecho en México, o quizá para emitir esta opinión haya utilizado datos provenientes de informes de otros países. En cualquier caso, lo relevante son las conclusiones del estudio y no el lugar donde se haya realizado. Cuando el virus infecta no pregunta por la nacionalidad de la persona, ni por su nivel intelectual o económico, ni por ninguna otra cosa.
Efectivamente, tal como dices con ironía, España está atravesando una fuerte crisis económica, al igual que otros países europeos, y desgraciadamente también es verdad que no somos un país puntero en ciencia y que hay en nuestro país un alto desempleo, fundamentalmente derivado de la crisis en el sector de la construcción. Sin embargo, utilizar estas circunstancias para burlarse de los españoles me parece de muy mal gusto, por decirlo de una manera suave. Actualmente hay muchas familias con todos sus miembros en el paro, pasando calamidades, y por eso no me parece éste un asunto apropiado para hacer chanzas. Espero que en tu país, sea cual sea que alguno tendrás, no suceda esto mismo ni ahora ni nunca. Hoy parece que no te toca a ti, pero en un futuro cercano quizá ningún país esté a salvo de hundirse en una profunda crisis, y tal vez en ese momento sí te afecte a ti o a alguien que te sea cercano, ¿te reirás entonces? En cualquier caso, te sugiero que te preocupes más por tu país y que no te preocupes tanto por España, que más pronto o más tarde saldremos adelante, de otras situaciones peores hemos salido.
Un cordial saludo.
Китайские ученые пугают весь мир своим новым утверждением: есть вероятность, что СПИД может передаваться и при поцелуе. Это шокирующие заявление они сделали в процессе изучения нового вируса, вызывающего СПИД.
>Fran написал:
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>>>Гипербалуйд написал:
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>>>>¿Se puede transmitir el VIH/SIDA mediante un beso?
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>>>>Responde la doctora Patricia Uribe Zúñiga, Directora General del CONASIDA:
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>>>>---No. Diversos estudios mencionan que en la cavidad oral y sobre todo en la saliva existe la presencia de factores inhibitorios del VIH por lo que no hay riesgo de transmisión por un beso.
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>>>>(Los hay que son más papistas que el Papa, que juegan a desinformar.)
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>>>Интересно, а где производят такие эксперименты? Я бы с удовольствием поучаствовал бы в них в качестве волонтёра, но только в том случае, если медсёстры там молодые и симпотишные, если будут хорошо кормить и делать эротический массаж на ночь, иначе ни-ни, не в коем случае, ведь yo soy pretenioso, soberbio y golocho.
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>Turista, no sé de dónde sacas la idea de que estos experimentos se han hecho en España, teniendo en cuenta que el centro CONASIDA al que pertenece la Dra. Patricia Uribe Zúñiga está en México.
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>Quizá ese estudio se haya hecho en México, o quizá para emitir esta opinión haya utilizado datos provenientes de informes de otros países. En cualquier caso, lo relevante son las conclusiones del estudio y no el lugar donde se haya realizado. Cuando el virus infecta no pregunta por la nacionalidad de la persona, ni por su nivel intelectual o económico, ni por ninguna otra cosa.
>
>Efectivamente, tal como dices con ironía, España está atravesando una fuerte crisis económica, al igual que otros países europeos, y desgraciadamente también es verdad que no somos un país puntero en ciencia y que hay en nuestro país un alto desempleo, fundamentalmente derivado de la crisis en el sector de la construcción. Sin embargo, utilizar estas circunstancias para burlarse de los españoles me parece de muy mal gusto, por decirlo de una manera suave. Actualmente hay muchas familias con todos sus miembros en el paro, pasando calamidades, y por eso no me parece éste un asunto apropiado para hacer chanzas. Espero que en tu país, sea cual sea que alguno tendrás, no suceda esto mismo ni ahora ni nunca. Hoy parece que no te toca a ti, pero en un futuro cercano quizá ningún país esté a salvo de hundirse en una profunda crisis, y tal vez en ese momento sí te afecte a ti o a alguien que te sea cercano, ¿te reirás entonces? En cualquier caso, te sugiero que te preocupes más por tu país y que no te preocupes tanto por España, que más pronto o más tarde saldremos adelante, de otras situaciones peores hemos salido.
>
>Un cordial saludo.
>
>Fran написал:
>--------------
>
>> -TURISTA ONLINE- escribe:
>>--------------
>>Такие єксперименты проводят в Испании - стране передовой науки, где нет кризиса и безработицы. :)
>>>Гипербалуйд написал:
>>>--------------
>>>
>>>>JFS написал:
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>>>>¿Se puede transmitir el VIH/SIDA mediante un beso?
>>>>
>>>>Responde la doctora Patricia Uribe Zúñiga, Directora General del CONASIDA:
>>>>
>>>>---No. Diversos estudios mencionan que en la cavidad oral y sobre todo en la saliva existe la presencia de factores inhibitorios del VIH por lo que no hay riesgo de transmisión por un beso.
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>>>>(Los hay que son más papistas que el Papa, que juegan a desinformar.)
>>>
>>>Интересно, а где производят такие эксперименты? Я бы с удовольствием поучаствовал бы в них в качестве волонтёра, но только в том случае, если медсёстры там молодые и симпотишные, если будут хорошо кормить и делать эротический массаж на ночь, иначе ни-ни, не в коем случае, ведь yo soy pretenioso, soberbio y golocho.
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>Turista, no sé de dónde sacas la idea de que estos experimentos se han hecho en España, teniendo en cuenta que el centro CONASIDA al que pertenece la Dra. Patricia Uribe Zúñiga está en México.
>
>Quizá ese estudio se haya hecho en México, o quizá para emitir esta opinión haya utilizado datos provenientes de informes de otros países. En cualquier caso, lo relevante son las conclusiones del estudio y no el lugar donde se haya realizado. Cuando el virus infecta no pregunta por la nacionalidad de la persona, ni por su nivel intelectual o económico, ni por ninguna otra cosa.
>
>Efectivamente, tal como dices con ironía, España está atravesando una fuerte crisis económica, al igual que otros países europeos, y desgraciadamente también es verdad que no somos un país puntero en ciencia y que hay en nuestro país un alto desempleo, fundamentalmente derivado de la crisis en el sector de la construcción. Sin embargo, utilizar estas circunstancias para burlarse de los españoles me parece de muy mal gusto, por decirlo de una manera suave. Actualmente hay muchas familias con todos sus miembros en el paro, pasando calamidades, y por eso no me parece éste un asunto apropiado para hacer chanzas. Espero que en tu país, sea cual sea que alguno tendrás, no suceda esto mismo ni ahora ni nunca. Hoy parece que no te toca a ti, pero en un futuro cercano quizá ningún país esté a salvo de hundirse en una profunda crisis, y tal vez en ese momento sí te afecte a ti o a alguien que te sea cercano, ¿te reirás entonces? En cualquier caso, te sugiero que te preocupes más por tu país y que no te preocupes tanto por España, que más pronto o más tarde saldremos adelante, de otras situaciones peores hemos salido.
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>Un cordial saludo.
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Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Сергей, это Вы Ley Concursal/испанский закон "О банкротстве" мусолите?
Может, эта статья поможет Вам понять "испанскую душу" или хоть испанских адвокатов:
http://www.elderecho.com/civil/compensacion-creditos-concurso-acreedores_11_205555001.html
"еn una situación de concurso, el mecanismo de la compensación extiende sus efectos de una forma, realmente, mucho más amplia; porque no sólo afecta al concursado y al acreedor que, a su vez, es deudor del concursado, sino que, además, repercute en todos los demás acreedores de dicho concursado: éstos últimos, evidentemente, quedarían sometidos a la ley del dividendo y a cualquier quita o aplazamiento que surja de un posible convenio. Pero de ello quedaría excluido el acreedor-deudor del concursado quien, por el mecanismo de la compensación, cobraría su crédito hasta la cuantía de la que fuera deudor del concursado, en su integridad, quedando excluido ese crédito compensado de la referida ley del dividendo y de cualquier quita o aplazamiento. De esta forma, la compensación daría lugar por tanto, a un trato privilegiado a favor de los acreedores deudores del concursado frente a los demás acreedores que no son sus deudores, lo cual sería contrario a la "par conditio creditorum".
No obstante, la fecha determinante es la de la declaración del concurso....
pese a lo efectivamente recogido en el artículo 1202 CC in fine ("El efecto de la compensación es extinguir una y otra deuda en la cantidad concurrente, aunque no tengan conocimiento de ella los acreedores y deudores"), lo cierto es que, en la realidad jurídica, esta institución de la compensación no opera de una forma tan automática como en virtud de dicho precepto, cabría inferir. Por el contrario, el acreedor-deudor, en términos generales, es quien debe invocar la existencia de esa compensación para hacer valer sus efectos, sin perjuicio de que, una vez reconocida ésta, dichos efectos se retrotraigan al momento efectivo en que los requisitos se cumplieron.
De esta forma, cabría preguntarse, en qué momento del procedimiento concursal resulta oportuno realizar esa invocación. Pues bien, parece que la respuesta más acertada a esta cuestión se encuentra en la propia Ley Concursal, la cual regula en el Capítulo III, del Título IV, a partir del artículo 84, en qué forma debe procederse a la determinación de la masa pasiva del concurso y en este particular, no cabe duda de que, habiendo concurrido o no los requisitos de la compensación con carácter previo a la declaración de concurso, en tanto en cuanto el acreedor-deudor no haga valer los efectos de esa compensación, de lo que el mismo es titular es de un crédito que en principio, siendo anterior a la declaración de concurso, es susceptible de ser integrado en la masa pasiva del concurso. Por tanto, será en el trámite de la comunicación de créditos regulado en el artículo 85, donde el acreedor deberá procurar el reconocimiento de los efectos de la compensación ante la Administración concursal. "
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http://www.elderecho.com/civil/compensacion-creditos-concurso-acreedores_11_205555001.html
"еn una situación de concurso, el mecanismo de la compensación extiende sus efectos de una forma, realmente, mucho más amplia; porque no sólo afecta al concursado y al acreedor que, a su vez, es deudor del concursado, sino que, además, repercute en todos los demás acreedores de dicho concursado: éstos últimos, evidentemente, quedarían sometidos a la ley del dividendo y a cualquier quita o aplazamiento que surja de un posible convenio. Pero de ello quedaría excluido el acreedor-deudor del concursado quien, por el mecanismo de la compensación, cobraría su crédito hasta la cuantía de la que fuera deudor del concursado, en su integridad, quedando excluido ese crédito compensado de la referida ley del dividendo y de cualquier quita o aplazamiento. De esta forma, la compensación daría lugar por tanto, a un trato privilegiado a favor de los acreedores deudores del concursado frente a los demás acreedores que no son sus deudores, lo cual sería contrario a la "par conditio creditorum".
No obstante, la fecha determinante es la de la declaración del concurso....
pese a lo efectivamente recogido en el artículo 1202 CC in fine ("El efecto de la compensación es extinguir una y otra deuda en la cantidad concurrente, aunque no tengan conocimiento de ella los acreedores y deudores"), lo cierto es que, en la realidad jurídica, esta institución de la compensación no opera de una forma tan automática como en virtud de dicho precepto, cabría inferir. Por el contrario, el acreedor-deudor, en términos generales, es quien debe invocar la existencia de esa compensación para hacer valer sus efectos, sin perjuicio de que, una vez reconocida ésta, dichos efectos se retrotraigan al momento efectivo en que los requisitos se cumplieron.
De esta forma, cabría preguntarse, en qué momento del procedimiento concursal resulta oportuno realizar esa invocación. Pues bien, parece que la respuesta más acertada a esta cuestión se encuentra en la propia Ley Concursal, la cual regula en el Capítulo III, del Título IV, a partir del artículo 84, en qué forma debe procederse a la determinación de la masa pasiva del concurso y en este particular, no cabe duda de que, habiendo concurrido o no los requisitos de la compensación con carácter previo a la declaración de concurso, en tanto en cuanto el acreedor-deudor no haga valer los efectos de esa compensación, de lo que el mismo es titular es de un crédito que en principio, siendo anterior a la declaración de concurso, es susceptible de ser integrado en la masa pasiva del concurso. Por tanto, será en el trámite de la comunicación de créditos regulado en el artículo 85, donde el acreedor deberá procurar el reconocimiento de los efectos de la compensación ante la Administración concursal. "
Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
>Дон Пикотиéссо написал:
>--------------
>Aquí no hay nada que discutir porque todo esta explicito en RAE:
>La última pregunta mía era:
>
>Но здесь, по моему мнению, интереснее даже не это, а другое, какая разница между фразами:
>
>El coronel se había olvidado del entierro.
>El coronel había olvidado el entierro.
>
>Что вы думаете на этот счёт?
>
>Pues, hombre, la RAE dice muy claro sobre la materia:
>
>olvidar(se). ‘Dejar de tener en la memoria algo o a alguien’, ‘dejar de tener afecto a alguien o algo’ y ‘no tener en cuenta algo o a alguien’. En el español general culto este verbo admite distintas construcciones:
>
>a) Como transitivo, con sujeto de persona y un complemento directo que expresa lo olvidado (olvidar [algo o a alguien]): «Matamoros Moreno había olvidado al asistente. ¿Lo había olvidado?» (Fuentes Cristóbal [Méx. 1987]); «No olvide arroparse bien» (Donoso Casa [Chile 1978]); «Andrés olvidó que tenía partido» (Mastretta Vida [Méx. 1990]); «¿Has olvidado dónde estamos?» (RRosa Sebastián [Guat. 1994]). Cuando significa ‘dejar [algo] en un sitio por descuido’, además del complemento directo, puede llevar opcionalmente un pronombre átono concertado con el sujeto: «Me olvidé la llave» (Daulte Noche [Arg. 1994]).
>
>b) Como intransitivo pronominal, con sujeto de persona y un complemento introducido por de, que expresa lo olvidado (olvidarse de algo o alguien): «Creía que ya me había olvidado de aquella mujer» (Quintero Danza [Ven. 1991]); «No se olvide de pedirle un aumento a su señor padre» (Bayly Días [Perú 1996]); «Me olvidé de que existía el Museo del Prado» (Galeano Días [Ur. 1978]); «Me olvido de dónde están las cosas» (Montero Trenza [Cuba 1987]). Aunque ya desde antiguo es frecuente omitir la preposición de cuando el complemento es una oración subordinada, especialmente en la lengua oral y coloquial (Me olvidé que..., Me olvido dónde...), se recomienda mantenerla en el habla esmerada.
>
>c) Es también correcta la construcción intransitiva pronominal olvidársele algo a alguien, en la que el sujeto es lo olvidado y la persona que olvida se expresa mediante un complemento indirecto: «Se le olvidaron [a mi madre] sus otros hijos» (Rossi María [C. Rica 1985]); «Se les olvidó borrar el letrero» (Serrano Vida [Chile 1995]); «¿Ya se te olvidó que te estamos haciendo el favor de tenerte aquí?» (Victoria Casta [Méx. 1995]). Es incorrecto anteponer la preposición de al sujeto (→ dequeísmo, 1a): Se me olvida de que...
En todo esto que has citado, no indica en ningún lugar que el verbo "olvidar" contenga el tiempo del evento olvidado. Por ejemplo, "me había olvidado de la cita", la cita aún no ha ocurrido, sino que va a ser dentro de unas horas, pero me había olvidado y cuando iba a anotar en mi agenda otra actividad, me di cuenta que me había olvidado de ella.
O sea que esta cita es futura. ¿Es esto lo que dices que es imposible, es esto lo que no contemplan las citas que nos has traído? Y en el ejemplo citado por Violette, el entierro es, en el momento de los redobles, futuro.
O sea mi estimado Marqués, es salirse del tema traer ejemplos que no tienen la misma estructura morfológica y semántica del ejemplo abordado. No obstante: "había olvidado la cita, pero al ver mi agenda, me di cuenta que esta tarde, dos horas después, iba a verte". O sea que la semántica del complemento, en este caso, es importante, pues "entierro", "cita", "conferencia», «espectáculo", etc. son complementos cuya semántica tiene la posibilidad de suceder, de tener lugar en el tiempo. Mientras que las llaves de tu ejemplo no tienen este rasgo.
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