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 Andrei
Специально отпросился из гинекологии на обед.
Два дня был «вне экрана», Владимир! Сейчас приходится всё сразу просматривать и оценивать. Слово-то я Вам дал!
Просмотрел пока всё очень поверхностно. Но Вы правы - действительно, новые изречения появились. Много нового увидел, интересного по содержанию. Но далеко не все выступления миротворческие. И не только у Госпожи Mapaches Mom…
История продолжается? Хотя мне всё же показалось, что общий накал и запал как-то спал. Устали все, что ли? Или я ошибаюсь?
Во всей этой истории мне меньше всего хотелось бы истину глаголить. Никогда на это не претендовал и не претендую. Хотя свою позицию имею и её регулярно высказываю…
А по сему: резко и недвусмысленно осуждаю все эксцессы в выражениях, сделанных всеми за это время! Особо и персонально осуждаю Госпожу Mapaches Mom за то, что остановиться вовремя не может. Хотя, если честно, то не только её осуждаю. И уж если совсем честно, то кого вообще это моё осуждение взволнует и заставит остановиться?
Потому и приветствую Alejandro González, поместившего свой Borrador de Normas de Convivencia. Мне лично он сильно по душе. Y me apunto a este Club de Buena Conducta, siempre y cuando no me toca pagar ninguna cuota mensual. Estamos en crisis…
Скажу напоследок ещё, с Вашего разрешения, что выступать здесь смогу только тогда, когда мне жизнь, семья и работа это позволять будут. Я не совсем ещё вольный человек, подключённый постоянно к Интернету…
Saludos para todos и всем всего самого наилучшего…
Feminicidio
No nos extenderemos sobre este término por su escaso uso en el contexto español, pero conviene tenerlo en cuenta, no obstante, porque hoy se asocia a una realidad muy concreta. Traducido del francés Femicide como Feminicidio o Femicidio, fue acuñado por las activistas estadounidenses Diane Russell y Hill Radford (1992) para aplicarlo a la violencia s.e.x.u.a.l contra las mujeres en una reconversión de lo que en criminología se entiende como “asesinato en serie”, es decir, aquel que sigue unas pautas determinadas para crímenes cometidos contra diversas personas. En español lo vemos asociado habitualmente a los numerosos asesinatos de mujeres que se han hecho tristemente célebres en Ciudad Juárez, México. Ha sido popularizado por autoras como Marcela Lagarde, quien alude a que se trata de “un genocidio cometido por hombres que consideran que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables”. Hay quienes lo intentan emplear como sinónimo de “toda” la violencia que nos ocupa en este libro, sin demasiado éxito por el momento.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Violencia contra las mujeres
He aquí un término que entrañaría menos equívocos pero que no parece demasiado empleado más allá de cómo una forma “más” del uso común del lenguaje. Entre sus ventajas destaca la de que sirve para acotar el campo de lo definido, dejando fuera la violencia contra el resto de las personas – los varones o contra lo/as niño/as - . Como importante desventaja vemos que el término no aclara la naturaleza (s.e.x.i.sta, machista, patriarcal) de esa violencia, el porqué va dirigida principalmente contra las mujeres. De hecho, contra las mujeres se puede dar violencia que no sea especialmente por razón de género, como por ejemplo robos con violencia.
Una forma de paliar este problema sería el empleo del término Violencia masculina contra las mujeres – propuesta por los grupos de varones profeministas – que junto a otras denominaciones como Violencia machista, Violencia s.e.xista o Violencia patriarcal expresan que nos estamos refiriendo a los casos en que el varón es el responsable de la violencia. El resto de los términos o parece neutro o se centra en las víctimas, sin quedar siempre claro que sean mujeres, y no en los agresores, que permanecen invisibilizados.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”

No nos extenderemos sobre este término por su escaso uso en el contexto español, pero conviene tenerlo en cuenta, no obstante, porque hoy se asocia a una realidad muy concreta. Traducido del francés Femicide como Feminicidio o Femicidio, fue acuñado por las activistas estadounidenses Diane Russell y Hill Radford (1992) para aplicarlo a la violencia s.e.x.u.a.l contra las mujeres en una reconversión de lo que en criminología se entiende como “asesinato en serie”, es decir, aquel que sigue unas pautas determinadas para crímenes cometidos contra diversas personas. En español lo vemos asociado habitualmente a los numerosos asesinatos de mujeres que se han hecho tristemente célebres en Ciudad Juárez, México. Ha sido popularizado por autoras como Marcela Lagarde, quien alude a que se trata de “un genocidio cometido por hombres que consideran que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables”. Hay quienes lo intentan emplear como sinónimo de “toda” la violencia que nos ocupa en este libro, sin demasiado éxito por el momento.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Terrorismo familiar
Con el fin de resaltar la importancia de este tipo de violencia se ha pretendido, durante un tiempo, resemantizar el concepto tradicional de terrorismo. Ya es un tópico la queja de la importancia dada habitualmente a las víctimas de terrorismo etarra, con entierros masivos, frente al casi silencio que ha rodeado a las víctimas de la violencia que nos ocupa, relegadas no hace mucho a las páginas de sucesos o, con posterioridad y en el mejor de los casos, a unas concentraciones públicas testimoniales. Terrorismo familiar, o incluso terrorismo s.e.x.u.a.l, por oposición a la violencia doméstica, resulta, sin embargo, un término insuficiente porque no suele connotar, por ejemplo, el acoso s.e.x.u.a.l – no solemos pensarlo en clave “terrorista –“; asimismo, abarca indebidamente toda la violencia inespecífica familiar (cuando esta última no es la perspectiva que se maneja); por último, el término terrorismo s.e.x.u.a.l parece que no incluye la violencia no ligada tan directamente a la s.e.x.ualidad, como lo es mucha de la que tiene lugar en el seno de la pareja.
Otra variante empleada es la de terrorismo de género: Miguel Lorente (2001) lo utiliza por contraposición a la de terrorismo político con el fin de analizar sus semejanzas y diferencias. En cuanto a las diferencias, esta conceptualización le permite señalar el terrorismo político como una “violencia externa”, que se produce en privado o en público, y de la que principio puede ser víctima cualquier ciudadano. Por el contrario, en el “terrorismo de género” sólo pueden ser víctimas, según Lorente, las mujeres. Se suele producir en el ámbito privado, “interior”, amparado por ciertos valores asumidos socialmente sobre las relaciones entre hombres y mujeres, entre otros que las mujeres son inferiores a los hombres y ellos están para protegerlas y guiarlas.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.

Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Terrorismo familiar
Con el fin de resaltar la importancia de este tipo de violencia se ha pretendido, durante un tiempo, resemantizar el concepto tradicional de terrorismo. Ya es un tópico la queja de la importancia dada habitualmente a las víctimas de terrorismo etarra, con entierros masivos, frente al casi silencio que ha rodeado a las víctimas de la violencia que nos ocupa, relegadas no hace mucho a las páginas de sucesos o, con posterioridad y en el mejor de los casos, a unas concentraciones públicas testimoniales. Terrorismo familiar, o incluso terrorismo s.e.x.u.a.l, por oposición a la violencia doméstica, resulta, sin embargo, un término insuficiente porque no suele connotar, por ejemplo, el acoso s.e.x.u.a.l – no solemos pensarlo en clave “terrorista –“; asimismo, abarca indebidamente toda la violencia inespecífica familiar (cuando esta última no es la perspectiva que se maneja); por último, el término terrorismo s.e.x.u.a.l parece que no incluye la violencia no ligada tan directamente a la s.e.x.ualidad, como lo es mucha de la que tiene lugar en el seno de la pareja.
Otra variante empleada es la de terrorismo de género: Miguel Lorente (2001) lo utiliza por contraposición a la de terrorismo político con el fin de analizar sus semejanzas y diferencias. En cuanto a las diferencias, esta conceptualización le permite señalar el terrorismo político como una “violencia externa”, que se produce en privado o en público, y de la que principio puede ser víctima cualquier ciudadano. Por el contrario, en el “terrorismo de género” sólo pueden ser víctimas, según Lorente, las mujeres. Se suele producir en el ámbito privado, “interior”, amparado por ciertos valores asumidos socialmente sobre las relaciones entre hombres y mujeres, entre otros que las mujeres son inferiores a los hombres y ellos están para protegerlas y guiarlas.

Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
 Raul
Gerardo, sin intención de ofender, te digo que no puedes afirmar que detrás de palabras como que o cuando se use un tiempo u otro, ya que si piensas en casos concretos siempre se puede sacar un uso con cualquiera de los dos modos.
Muchas veces, como bien apunta guest, una misma estructura puede venir en indicativo o subjuntivo dependiendo de si la accion del verbo se proyecta al futuro o se refiere a una accion cotidiana.
Digamos que hay ciertas estructuras que se usan más comúnmente con subjuntivo y otras con indicativo pero no se puede excluir ninguno de los dos modos.
Por ejemplo, en la frase: 'Él no sabía que Pepe se había casado/hubiera casado'. Ambas son correctas y fíjate que ambas tienen la misma estructura y vienen precedidas de un 'que'. La elecció entre un mkodo u otro en casos como éste (de los que está repleto el habla cotidiana) no radica ni en la gramática ni en las palabras que preceden al verbo, sino en la intención del hablante, algo que nunca se explican ni en los manuales ni en las aulas. 'había casado' presenta la información como nueva, mientras que 'hubiera casado' la presenta como compartida por al menos dos de las personas que hablan o están incluidas en la frase (hablante y oyente más 'él').
A ver en qué gramática encuentras explicaciones que incluyan la intención del hablante. En España también, pero sobretodo en Rusia todos se ciñen a la gramática, pero lo hacen por comodidad y por ignorancia, ya que la realidad de la discriminación de modos es mucho más compleja y o no la conocen o prefieren no complicarse y reducirlo todo a palabras que introducen cada modo o a estructuras que discriminan modos (reglas que no son de aplicación en muchísimos casos y frustran al alumno).
Continuamos con : Violencia que sufren las mujeres: cuestión de terminología
Violencia que sufren las mujeres: cuestión de terminología
Aspirina
12 марта 2011 21:02:14
Violencia doméstica Violencia doméstica es “la expresión más utilizada con bastante diferencia en el ámbito hispánico” * (ver abajo). Desde la perspectiva de género, este término es el más pernicioso de todos porque es el que más información oculta. Al definir, por ejemplo, la violencia como doméstica, esto es, “a través del ámbito en que se produce (…) difumina aspectos tan esenciales como son el objeto, el sujeto o el objetivo final de esa violencia. La expresión anuncia también el modelo social de intervención que se propone” (Álvarez, 2001, p. 161). El sujeto de esta violencia no es la mujer sino todos los miembros de la familia. Es decir, se incluye sin pretenderlo “toda” la violencia en el hogar – que abarca a muchas más personas que las concernidas en las relaciones de pareja - , a la vez que deja fuera toda violencia entre pareja que no tiene lugar en el espacio doméstico, incluida la existente entre parejas que han dejado de serlo. Además, invisibiliza el resto de las violencias porque mucha gente acaba asociando violencia contra las mujeres con violencia doméstica. Esto parece ser una consecuencia no deseada de la visibilidad alcanzada por la problemática de los malos tratos en detrimento de las otras formas de agresiones s.e.xistas contra las mujeres. Oscurece también la cuestión de que la maltratada no lo está siendo por ser madre, novia, esposa o hija sino por ser mujer. Por último, sólo connota el espacio privado, como ha sido considerado durante mucho tiempo, dejando fuera todo el tratamiento político del tema. * ”La RAE (Real Academia Española) propone el uso de “violencia doméstica” y rechaza el de “género””, La Voz de Galicia, 28 de mayo de 2004. Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”

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VICTORIA VICTORIA
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