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>Amateur escribe:
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>Пока просто не вижу иного варианта перевода, кроме как "насилие в семье". Если они есть - интересно бы узнать. И, конечно же,violencia doméstica шире понятия violencia de género.
Полностью согласна.
Поразмышляйте над "женонасилием" как отличное от "насилия в семье"
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Вот пару отрывков из этой статьи:
"La Real Academia Española (RAE) ha recomendado el uso de la expresión "violencia doméstica" y no "de género", y propuso al Gobierno de España, cuando se estaba tramitando el proyecto de ley contra la violencia de género en el año 2004, que se denominara Ley integral contra la violencia doméstica o por razón de s.e.x.o.
A raíz del anuncio del citado Proyecto de Ley, la Academia elaboró un informe sobre la expresión violencia de género, en el que analizaba su origen y la conveniencia de su uso en español. La RAE señala que violencia de género es una traducción del inglés "gender-based violence" o "gender violence", difundida a partir del
Congreso sobre la Mujer realizado en Pekín en 1995, y con la que se identifica la violencia, tanto física como psicológica, que se ejerce contra las mujeres por razón de su s.e.x.o, como consecuencia de su tradicional situación de sometimiento al varón en las sociedades de la estructura patriarcal.....
Lo que hace pocos años era considerado periodísticamente y socialmente un crimen pasional ha pasado mayoritariamente a denominarse con las expresiones genéricas de violencia de género o violencia doméstica. Los expertos en esta materia señalan que no es correcto considerar sinónimas ambas expresiones...."
Rosa Rodríguez Cárcela
(Universidad de Sevilla)
"La Real Academia Española (RAE) ha recomendado el uso de la expresión "violencia doméstica" y no "de género", y propuso al Gobierno de España, cuando se estaba tramitando el proyecto de ley contra la violencia de género en el año 2004, que se denominara Ley integral contra la violencia doméstica o por razón de s.e.x.o.
A raíz del anuncio del citado Proyecto de Ley, la Academia elaboró un informe sobre la expresión violencia de género, en el que analizaba su origen y la conveniencia de su uso en español. La RAE señala que violencia de género es una traducción del inglés "gender-based violence" o "gender violence", difundida a partir del
Congreso sobre la Mujer realizado en Pekín en 1995, y con la que se identifica la violencia, tanto física como psicológica, que se ejerce contra las mujeres por razón de su s.e.x.o, como consecuencia de su tradicional situación de sometimiento al varón en las sociedades de la estructura patriarcal.....
Lo que hace pocos años era considerado periodísticamente y socialmente un crimen pasional ha pasado mayoritariamente a denominarse con las expresiones genéricas de violencia de género o violencia doméstica. Los expertos en esta materia señalan que no es correcto considerar sinónimas ambas expresiones...."
Rosa Rodríguez Cárcela
(Universidad de Sevilla)
Значит. в данном лучае Вы переведёте "violencia" как "агрессия"?
Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Violencia de género
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
Es el término que se ha generalizado. El concepto de género ha acabado de ser aceptado, con más o menos convicción, en la universidad y en las instancias oficiales, y alude a los valores diferenciales que se adscriben socialmente a cada uno de los s.e.x.o.s a la vez que implica pensarlos de manera relacional.
Desde sectores crítico-feministas pesa el temor de que no se tenga en cuenta la connotación de persistente desigualdad que entraña el concepto de género, que debe remitir a que las relaciones entre los s.e.x.o.s son relaciones de poder. Sin este talante crítico-feminista, se puede caer en el uso del concepto de violencia de género como un eufemismo que bajo la supuesta neutralidad del género pierde por el camino la connotación de poder.
Cuando se contrapone al de violencia doméstica, se señala que el concepto de género apunta a las relaciones hombre-mujer, y no a la familia, como objeto de su interés, para así resaltar que el entorno familiar o la pareja no agotan el tipo de violencia que cabe tener en cuenta; por tanto el rasgo a destacar no sería “el lugar” de la violencia sino cualquier tipo de violencia contra las mujeres “resultado de una estrategia de dominación ejercida por el varón para mantener su posición de poder”. Subsumir la violencia de pareja en el seno familiar como violencia familiar o doméstica implica, además, alinear apriorísticamente a las mujeres con los miembros más dependientes y vulnerables de la unidad familiar, pero que lo son por razones jurídicas – la infancia – o por razones de edad – los mayores – o de discapacidad, y no necesariamente por forzosa y coactiva sumisión (Maqueda, 2006).
Sin embargo, no pocos críticos señalan que precisamente por ese carácter relacional del término “género”, cuando se usa “violencia de género” puede parecer que afecta por igual de hombres a mujeres que de mujeres a hombres, es decir, que se habla de una violencia mutua y equivalente si no se pone de manifiesto explícitamente la desigualdad jerárquica entre mujeres y hombres. Por eso en estos casos se aboga por el término de “violencia (masculina) contra las mujeres”. Dicha violencia no se agota en el maltrato físico sino que incluye las amenazas, la coerción y la privación de libertad tanto en la vida pública como en la privada así como la violencia s.e.x.u.a.l.
El término “violencia de género” es el que da título a la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género. Sin embargo, y como se examina con más detalle en el capítulo 3, dicha ley ha tenido únicamente en cuenta la violencia familiar de pareja (incluidas “de hecho”) de hombre a mujer. Más allá de su competencia ha quedado toda la violencia s.e.x.u.a.l, así como las mujeres coaccionadas para el trabajo s.e.x.u.a.l o para cualquier otro tipo de trabajo. Así que conviene tener en cuenta que el concepto sociológico de violencia de género, más amplio, será divergente del actual concepto jurídico.
Raquel Osborne “Apuntes sobre violencia de género”
>Amateur escribe:
>--------------
>Пока просто не вижу иного варианта перевода, кроме как "насилие в семье". Если они есть - интересно бы узнать. И, конечно же,violencia doméstica шире понятия violencia de género.
Полностью согласна.
Поразмышляйте над "женонасилием" как отличное от "насилия в семье"
>Amateur escribe:
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>Источником violencia indiscriminada, как правило, являются grupos y organizaciones terroristas.
Вооруженные конфликты и войны тоже туда относятся.
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>Источником violencia indiscriminada, как правило, являются grupos y organizaciones terroristas.
Вооруженные конфликты и войны тоже туда относятся.
Les propongo esta combinación, sin mayor compromiso, para traducir "violencia indiscriminada": крайне беспредельное насилие.
Да, и "violencia" - это всё же "насилие/насильственность"
Сравните, например, "violentar la paz" и "agredir"
Сравните, например, "violentar la paz" и "agredir"
¿QUÉ ES LA VIOLENCIA DOMÉSTICA?
Para muchos el término violencia es asociado a golpes físicos, pero el concepto va más allá y más aún cuando se ubica dentro de las cuatro paredes de un hogar. La violencia doméstica abarca abusos sin llegar al daño físico, la más usual es la violencia de género del hombre hacia la mujer o niños. Las mujeres son las principales víctimas porque se cree que tienen menos valor y menos poder en la sociedad, pero en general se puede dirigir hacia cualquier miembro de la familia que se considere que tiene menos valor y donde el que la ejerce se sienta con poder. Tanto la física como la verbal, son manifestaciones muy graves.
Según estudios realizados por psicólogos y sociólogos en la violencia familiar existe una multicausalidad.
Un estudio realizado en Argentina determinó que una de las causas está dada en "hombres y mujeres que ya se han educado desde niños en ambientes donde reinaba la violencia, conflictos psicológicos no resueltos por quien la ejerce, pasividad por parte de quien la recibe, efectos de la sociedad competitiva que determinan que el hombre en su trabajo no pueda sentirse importante, descargando su impotencia y su ira, sus desilusiones sobre los seres a quienes tal vez ama, pero con un amor mal entendido".
Existe también el término de violencia intrafamiliar.
Para muchos el término violencia es asociado a golpes físicos, pero el concepto va más allá y más aún cuando se ubica dentro de las cuatro paredes de un hogar. La violencia doméstica abarca abusos sin llegar al daño físico, la más usual es la violencia de género del hombre hacia la mujer o niños. Las mujeres son las principales víctimas porque se cree que tienen menos valor y menos poder en la sociedad, pero en general se puede dirigir hacia cualquier miembro de la familia que se considere que tiene menos valor y donde el que la ejerce se sienta con poder. Tanto la física como la verbal, son manifestaciones muy graves.
Según estudios realizados por psicólogos y sociólogos en la violencia familiar existe una multicausalidad.
Un estudio realizado en Argentina determinó que una de las causas está dada en "hombres y mujeres que ya se han educado desde niños en ambientes donde reinaba la violencia, conflictos psicológicos no resueltos por quien la ejerce, pasividad por parte de quien la recibe, efectos de la sociedad competitiva que determinan que el hombre en su trabajo no pueda sentirse importante, descargando su impotencia y su ira, sus desilusiones sobre los seres a quienes tal vez ama, pero con un amor mal entendido".
Existe también el término de violencia intrafamiliar.
El único modo de cambiar a los gobernantes y al sistema es asistiendo a las urnas. Todo lo demás se llama VIOLENCIA.
>JFS написал:
>--------------
>¡Vaya, qué cosas puede hacer un pueblo unido! ¡Y sin violencia!
>
>¡Felicidades, Egipto! ¡Bienevido a la libertad y a la democracia!
>
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>JFS написал:
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>¡Vaya, qué cosas puede hacer un pueblo unido! ¡Y sin violencia!
>
>¡Felicidades, Egipto! ¡Bienevido a la libertad y a la democracia!
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